miércoles, 11 de julio de 2012

Propiedad horizontal - Expensas

El carácter propter rem de la obligación que manda el art. 17 de la ley 13.512 es receptado en el art. 568 del Código Procesal Civil y Comercial que dispone, entre otros recaudos para ordenar la subasta, contar con el informe de deuda por expensas comunes en caso de integrar el inmueble un edificio de propiedad horizontal, pues deberá ser cancelada previamente a la escrituración o inscripción al igual que otros impuestos que gravan el bien. LEY 13512 Art. 17 ; CPCB Art. 568 SCBA, C 112972 S 9-5-2012 , Juez DE LAZZARI (SD) CARATULA: First Trust of New York Association c/ Delbas, Eduardo Adolfo s/ Ejecución hipotecaria MAG. VOTANTES: de Lázzari-Hitters-Negri-Genoud TRIB. DE ORIGEN: CC0001BB

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