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miércoles, 11 de julio de 2012
Subasta judicial - Nulidad
En esta materia en la que está en juego la garantía constitucional de la propiedad, únicamente puede volver a subastarse el bien si existe sentencia fundada en ley cuya ejecutabilidad sólo incumbe al magistrado que la dictó conforme a las normas que reglamentan el ejercicio de ese "imperium", el cual se ejerce no sólo en cuanto a la orden de realizar forzadamente el bien, sino también en cuanto a la oportunidad, modo y conveniencia de hacerlo. La nulidad en el caso es entonces absoluta en un doble aspecto; porque el martillero se arrogó facultades jurisdiccionales de las que carece y, porque con ello violó garantías que la Constitución Nacional reconoce en forma expresa al vendedor forzado (C.N. art. 18; Cód. Proc. arts. 565, 566, 568, 572, 577, 581, 586).
CON Art. 18 ; CPCB Art. 565 ; CPCB Art. 566 ; CPCB Art. 568 ; CPCB Art. 572 ; CPCB Art. 577 ; CPCB Art. 581 ; CPCB Art. 586
CC0002 SM 37500 RSD-83-95 S 19-4-1995 , Juez MARES (SD)
CARATULA: Palermo, Juan y otro c/ Martin, Susana Nelida s/ Ejecucion hipotecaria
MAG. VOTANTES: Occhiuzzi-Mares-Cabanas
jueves, 16 de febrero de 2012
Subasta Judicial - Venta de Bienes Gravados
La subasta de los distintos inmuebles embargados constituye el supuesto previsto en el 572 del Código Procesal Civil y Comercial. La circunstancia de ser acreedor hipotecario no configura un obstáculo legal que impide al ejecutante acceder a la subasta de otro inmueble del afectado con la garantía hipotecaria, toda vez que no lesiona derecho alguno del deudor. Se da al acreedor la posibilidad de evitar la subasta del inmueble ocupado por del deudor.
CPCB Art. 572
CC0000 DO 82528 RSD-119-5 S 8-4-2005 , Juez PORTIS (MA)
CARATULA: Banco de la Pcia. de Buenos Aires c/ Biacchi, Juan Carlos s/ Ejecución Hipotecaria
MAG. VOTANTES: Portis - Eyherabide - Gómez Ilari
lunes, 13 de febrero de 2012
Subasta Judicial - Procedencia
Es solo con relación al inmueble afectado por un embargo que el juez puede disponer del mismo en uso de las facultades ejecutorias que le concede el ordenamiento legal (doct. arts. 529; 535; 536; 558; 559; 561; 565; 566, 568; 571; 572 y conc. del CPCC y 1324 del Cód.Civil).
CPCB Art. 529 ; CPCB Art. 535 ; CPCB Art. 536 ; CPCB Art. 558 ; CPCB Art. 559 ; CPCB Art. 561 ; CPCB Art. 565 ; CPCB Art. 566 ; CPCB Art. 568 ; CPCB Art. 571 ; CPCB Art. 572 ; CCI Art. 1324
CC0002 SM 56416 RSD-142-5 S 21-4-2005 , Juez OCCHIUZZI (SD)
CARATULA: Marini, enzo y otra c/ Rolando o Rolando y Cardone, Raúl y otra s/ Ejecución hipotecaria
MAG. VOTANTES: Occhiuzzi-Scarpati-Mares
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