martes, 12 de junio de 2012
Pagaré - Lugar del pago // Pagaré - Requisitos
No forzando el rigor formal propio del sistema cambiario puede aceptarse la validez como pagaré de aquel al cual le falta el lugar de creación. No obstante ello, pueden ser hechos valer como documentos privados que contienen obligaciones líquidas exigibles e incondicionadas de dar sumas de dinero, aunque resulta inviable si, aunque no se negó la firma, sí se negó expresamente la deuda, por lo cual no se dan las condiciones exigidas por los arts. 518 y 521 inc. 2 Cód. Proc.
CPCB Art. 518 ; CPCB Art. 521 Inc. 2
JZ0000 CP 8160 I 2-5-2001
CARATULA: Martínez c/ Jáuregui s/ cobro ejecutivo
MAG. VOTANTES: Striebeck
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario