miércoles, 6 de junio de 2012

Juicio Ejecutivo - Liquidación

La liquidación que se practica en el juicio ejecutivo es una operación numérica mediante la cual se establece de conformidad con las bases fijadas en la sentencia, el saldo resultante de lo debido por capital, intereses y costas, por lo que la misma se ha de ajustar a las precisas pautas señaladas en aquella (arts. 497, 500, 502 del CPC).- CPCB Art. 497 ; CPCB Art. 500 ; CPCB Art. 502 CC0101 MP 123008 RSI-1402-2 I 19-11-2002 CARATULA: Banco Bisel SA c/ Peñaloza, Miguel s/ Ejecución MAG. VOTANTES: Cazeaux-Font CC0101 MP 125421 RSI-1388-3 I 30-10-2003 CARATULA: Consorcio Propiedad Edificio Gulfi c/ Villagra, Oscar s/ Ejecución MAG. VOTANTES: Cazeaux-Font-Azpelicueta CC0101 MP 121911 RSI-250-6 I 21-3-2006 CARATULA: Consorcio Complejo Habitacional Alte. Brown M12 c/ Laguna, Juan s/ Ejecución de Expensas MAG. VOTANTES: Cazeaux-Font-Azpelicueta CC0102 MP 135811 RSI-725-10 I 7-12-2010 CARATULA: Consorcio calle Moreno N° 2265/75 c/ Barbieri, Edmundo s/ Ejecución de expensas MAG. VOTANTES: Monterisi-Valle

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