miércoles, 6 de junio de 2012
Juicio Ejecutivo - Liquidación
La liquidación que se practica en el juicio ejecutivo es una operación numérica mediante la cual se establece de conformidad con las bases fijadas en la sentencia, el saldo resultante de lo debido por capital, intereses y costas, por lo que la misma se ha de ajustar a las precisas pautas señaladas en aquella (arts. 497, 500, 502 del CPC).-
CPCB Art. 497 ; CPCB Art. 500 ; CPCB Art. 502
CC0101 MP 123008 RSI-1402-2 I 19-11-2002
CARATULA: Banco Bisel SA c/ Peñaloza, Miguel s/ Ejecución
MAG. VOTANTES: Cazeaux-Font
CC0101 MP 125421 RSI-1388-3 I 30-10-2003
CARATULA: Consorcio Propiedad Edificio Gulfi c/ Villagra, Oscar s/ Ejecución
MAG. VOTANTES: Cazeaux-Font-Azpelicueta
CC0101 MP 121911 RSI-250-6 I 21-3-2006
CARATULA: Consorcio Complejo Habitacional Alte. Brown M12 c/ Laguna, Juan s/ Ejecución de Expensas
MAG. VOTANTES: Cazeaux-Font-Azpelicueta
CC0102 MP 135811 RSI-725-10 I 7-12-2010
CARATULA: Consorcio calle Moreno N° 2265/75 c/ Barbieri, Edmundo s/ Ejecución de expensas
MAG. VOTANTES: Monterisi-Valle
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