martes, 19 de junio de 2012
Juicio ejecutivo - Excepción de prescripción
La oportunidad para articular la prescripción es la ocasión de ser citado para oponer excepciones, o sea, dentro de los cinco días de la intimación de pago (arts. 540 y 542 Código Procesal), ya que solo a partir de la citación para defensa adquiere el juicio ejecutivo carácter contencioso y se acuerda al deudor la posibilidad de formular alegaciones principales, es decir aquella que tienen por objeto proporcionar argumentos favorables a la admisibilidad y fundabilidad de la oposición.
CPCB Art. 540 ; CPCB Art. 542
CC0201 LP, B 75182 RSD-21-93 S 18-2-1993 , Juez SOSA (SD)
CARATULA: Mandataria Del Plata c/ Carey, Angel s/ Preparación via ejecutiva
MAG. VOTANTES: Sosa - Crespi
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