martes, 12 de junio de 2012

JUICIO EJECUTIVO - COBRO DE EXPENSAS

Si el título ejecutivo indicó el total de la suma reclamada en concepto de expensas sin discriminar los períodos adeudados que la integran, la excepción de inhabilidad de título se torna procedente pues ello impide conocer en forma acabada cómo se compone el importe reclamado, constituyendo un título, por tales deficiencias, frente al cual el demandado se ve imposibilitado de ejercer eficazmente su derecho de defensa en juicio (arts. 18 de la Constitución Nacional; arts. 522, 542 inc. 4ø del Cgo. Procesal). CON Art. 18 ; CPCB Art. 522 ; CPCB Art. 544 Inc. 4 CC0201 LP 108972 RSD-232-7 S 27-11-2007 , Juez MARROCO (SD) CARATULA: Consorcio de propietarios del Barrio Odisa 824 c/ Instituto de la vivienda de la provincia s/ Cobro ejecutivo MAG. VOTANTES: Marroco-López Muro

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