jueves, 16 de febrero de 2012
Martilleros - Honorarios
Los arts. 58 de la ley 10.973 y 578 del CPCC no establecen precisiones matemáticas para fijar los honorarios del martillero en caso de subasta suspendida sin su culpa; por ende, el tema debe resolverse en base al prudente criterio judicial, a cuyo efecto el monto del asunto y los trámites efectuados para arribar a la subasta son meras pautas de apreciación.
LEYB 10973 Art. 58 ; CPCB Art. 578
CC0101 LP 235679 RSD-98-00 S 4-5-2000 , Juez ENNIS (SD)
CARATULA: Capalbo, Rodolfo Jorge c/ Fera, Mario y otro s/ Cobro de honorarios. Ordinario
MAG. VOTANTES: Ennis-Tenreyro Anaya
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