lunes, 13 de febrero de 2012
Juicio ejecutivo - Ampliacion anterior sentencia
Si bien es cierto que las características de abstracción, literalidad y completividad de los títulos cambiarios hacen que en la ejecución de pagarés no resulte como regla la aplicación del procedimiento previsto por el artículo 538 del Código Procesal, no lo es menos, que si de los propios documentos se advierte que todos tienen la misma fecha de creación, vencimientos escalonados, número de orden correlativo e identidad de sujeto pasivo, resulta razonable, en aras de una mayor celeridad procesal y economía de gastos, tener por configurado el supuesto previsto en la norma citada, sobremanera si -como aquí sucede- aun no se realizó la intimación al pago respecto de los títulos originariamente acompañados con el escrito introductorio de la litis.
CPCB Art. 538
CC0201 LP 104554 RSI-53-5 I 29-3-2005
CARATULA: Paz, Jorge Hernán c/ Montiel, Sandra Beatriz s/ Cobro ejecutivo
MAG. VOTANTES: Sosa-Marroco
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