viernes, 17 de febrero de 2012

Excepción inhabilidad título

Como la excepción de inhabilidad de título no se encuentra incluída en la numeración taxativa del art. 595 del ordenamiento procesal, no resulta oponible -en principio- en la ejecución hipotecaria (arg. art. 594, inc. 1ro. cód. proc.). Aún así es posible y necesario examinar la idoneidad ejecutiva del título en su faz extrínseca por cierto ante la eventualidad de no haberse esgrimido un documento total o parcial apto, sea por falta de liquidez, exigibilidad o curso legal de la moneda que indique, o en cuanto a las calidades de acreedor o deudor de las partes.- CPCB Art. 594 ; CPCB Art. 595 CC0000 TL 9292 RSD-18-60 S 1-6-1989 , Juez LETTIERI (SD) CARATULA: Prieto, Ubaldino c/ Depaola, Carlos Alberto s/ Ejecución hipotecaria MAG. VOTANTES: Lettieri - Macaya - Casarini

No hay comentarios:

Publicar un comentario