viernes, 17 de febrero de 2012
Excepción inhabilidad título
Como la excepción de inhabilidad de título no se encuentra incluída en la numeración taxativa del art. 595 del ordenamiento procesal, no resulta oponible -en principio- en la ejecución hipotecaria (arg. art. 594, inc. 1ro. cód. proc.). Aún así es posible y necesario examinar la idoneidad ejecutiva del título en su faz extrínseca por cierto ante la eventualidad de no haberse esgrimido un documento total o parcial apto, sea por falta de liquidez, exigibilidad o curso legal de la moneda que indique, o en cuanto a las calidades de acreedor o deudor de las partes.-
CPCB Art. 594 ; CPCB Art. 595
CC0000 TL 9292 RSD-18-60 S 1-6-1989 , Juez LETTIERI (SD)
CARATULA: Prieto, Ubaldino c/ Depaola, Carlos Alberto s/ Ejecución hipotecaria
MAG. VOTANTES: Lettieri - Macaya - Casarini
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