jueves, 9 de febrero de 2012

EXCEPCION INHABILIDAD TITULO

Si bien en el trámite de ejecución de sentencia, las excepciones están limitadas a las que enumera el art. 504 del Código Procesal, entre las que no se menciona a la de inhabilidad de título, ello en manera alguna puede ser inconveniente para que se la considere, si se tiene en cuenta que por su significación jurídica, es esencial a toda acción los requisitos del título ejecutorio o de las condiciones exigidas para que proceda la ejecución que se pretende hacer valer; motivo por el cual, puede denunciarse por esta vía que la ejecución de sentencia es promovida por quien no reviste la condición de vencedor, o que no ha sido dictada a favor de quien intenta ejecutarla, o bien que se ha promovido la ejecución contra quien no está obligado a su pago. CPCB Art. 504 CC0201 LP, b 76305 RSD-224-93 S 17-8-1993 , Juez SOSA (SD) CARATULA: CARRION, GUSTAVO E. c/ LOPEZ, ELVA RAMONA Y OTS. s/ EJECUCION DE SENTENCIA MAG. VOTANTES: SOSA-CRESPI

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