lunes, 11 de junio de 2012
RIL - Concesión
La facultad otorgada por el art. 507 del Código Procesal Civil y Comercial, referida específicamente a los efectos del recurso de apelación allí previsto, no corresponde sea aplicada analógicamente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley concedido.
CPCB Art. 507
SCBA, Ac 88543 I 17-3-2004 , Juez DE LAZZARI (MA)
CARATULA: E.M.E.B.E S.A. c/ Estado Provincial s/ Expropiación inversa
MAG. VOTANTES: de Lázzari-Roncoroni-Soria-Hitters-Kogan-Pettigiani
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