jueves, 21 de junio de 2012
Rex-sentencia recurrible - Juicio ejecutivo
Las decisiones recaídas en un juicio ejecutivo no revisten, en principio, carácter definitivo en el concepto de los arts. 278 y 296 del Código Procesal Civil y Comercial, no observándose en el caso en que se desestima la demanda por no constituir el título ejecutivo la constancia de una deuda líquida y exigible motivos suficientes que permitan apartarse de dicha regla. Ello así desde que, no habiéndose introducido el a quo en consideraciones que excedan el marco de la ejecución, como son aquéllas que hacen a la causa de la obligación, no se clausuran vías hábiles para que la impugnante pueda hacer valer sus derechos.
CPCB Art. 551
SCBA, Ac 99297 I 13-2-2008
CARATULA: Gardes, Juan L. y ot. c/ Sucesores de Héctor R. Miganne s/ Cobro ejecutivo. Rec. de queja
MAG. VOTANTES: Hitters-Genoud-Pettigiani-de Lázzari
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