El principio de la inapelabilidad para el ejecutado debe ceder en hipótesis que causen agravios que no puedan ser reparados por el proceso que fija el art. 553 del C. Procesal.
CPCB Art. 553
CC0102 LP 213827 RSI-733-92 I 3-11-1992
CARATULA: Le Moal, Fernando c/ Di Claudio, Dora s/ Ejecutivo
MAG. VOTANTES: Rezzónico, J.C. - Vásquez
No hay comentarios:
Publicar un comentario