martes, 19 de junio de 2012

Juicio Ejecutivo - Mora

En función del reenvío contenido en el art. 540, tercer párrafo del Digesto ritual a lo normado por el art. 354 de dicho cuerpo legal, si los ejecutados no cuestionaron el alcance del título ejecutivo base de la acción en cuanto discrimina el monto de las cuotas adeudadas y la fecha de los vencimientos de las expensas se operaron en forma mensual, en ocasión de la intimación prevista por los arts. 529, 540 y 541 del Código Procesal, deviene razonable atender a dichas pautas de contenido patrimonial y, por ende, de naturaleza disponible en el que no está en juego el interés público, sino que, por el contrario, nos hallamos en presencia de una cuestión que hace al derecho disponible de los interesados. Por consiguiente, advirtiéndose la falta de resistencia de los ejecutados respecto al momento en que se habría configurado la mora, cabe admitir el agravio explicitado por el recurrente sobre dicho aspecto. CPCB Art. 540 ; CPCB Art. 354 ; CPCB Art. 529 ; CPCB Art. 541 CC0201 LP, B 80223 RSI-104-95 I 3-5-1995 CARATULA: Consorcio de Prop. c/ Molfetta, G. s/ C. ejec. exp. MAG. VOTANTES: Sosa-Crespi

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