martes, 19 de junio de 2012

EJECUCION DE SENTENCIA - Límites y modalidades

El art. 539 del Código Procesal es apicable en el marco del juicio ejecutivo, no así en el proceso de ejecución de sentencia, donde no se puede enmendar ni ampliar el título ejecutorio, pues tal proceder lo desnaturalizaría, a la vez que alteraría la cosa juzgada al respecto. CPCB Art. 539 CC0102 MP 122565 RSI-578-6 I 11-7-2006 CARATULA: Contreras, Arnaldo c/ Roldán, Roberto O. s/ Ejecución de sentencia MAG. VOTANTES: Zampini-Loustaunau-Monterisi

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