martes, 12 de junio de 2012
Cuenta corriente bancaria - Título ejecutivo // Cuenta corriente bancaria - Saldo deudor
El título ejecutivo del art. 521 inc. 5ø del CPC es autónomo, y si se dice que requiere como sustento una cuenta corriente lo es para su existencia y nacimiento pero no para ampliar su legitimación pasiva a personas que en él no aparecen (aunque sí en la titularidad de la cuenta). La circunstacia de requerirse como sustento una cuenta corriente para su existencia, no implica que deje de ser autónomo a la hora de analizar sus legitimados pasivos.
CPC Art. 521 Inc. 5 ; CCO Art. 793
CC0103 MP 145192 RSI-55-10 I 23-2-2010
CARATULA: BBVA Banco Francés S.A. c/ Sociedad Anónima de Repostería Argentina s/ Ejecución
MAG. VOTANTES: Zampini-Gérez
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