martes, 12 de junio de 2012

Cuenta corriente bancaria - Título ejecutivo // Cuenta corriente bancaria - Saldo deudor

El título ejecutivo del art. 521 inc. 5ø del CPC es autónomo, y si se dice que requiere como sustento una cuenta corriente lo es para su existencia y nacimiento pero no para ampliar su legitimación pasiva a personas que en él no aparecen (aunque sí en la titularidad de la cuenta). La circunstacia de requerirse como sustento una cuenta corriente para su existencia, no implica que deje de ser autónomo a la hora de analizar sus legitimados pasivos. CPC Art. 521 Inc. 5 ; CCO Art. 793 CC0103 MP 145192 RSI-55-10 I 23-2-2010 CARATULA: BBVA Banco Francés S.A. c/ Sociedad Anónima de Repostería Argentina s/ Ejecución MAG. VOTANTES: Zampini-Gérez

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