lunes, 11 de junio de 2012

Contratos - Efectos respecto de terceros // Contratos - Incumplimiento

Si los acreedores - terceros no citados en autos - no aceptaran el cambio de deudor que implica el contrato privado entre las partes, las obligaciones resultarían de imposible cumplimiento, por lo cual debe preveerse para el casus la sustitución de la condena principal por el resarcimiento de los daños y perjuicios causados por la inejecución de lo que aquí se obliga primariamente al demandado ( art. 511 y cdts. Cód. Proc. ) CPCB Art. 511 JZ0000 TO 233 RSD-72-97 S 3-9-1997 , Juez RIPODAS (SD) CARATULA: D´Angelo de Cademartori, Olga Zunilda c/ Cademartori, Julio Alberto s/ cumplimiento de contrato MAG. VOTANTES: Rípodas

No hay comentarios:

Publicar un comentario