La excepción de pago en la ejecución de un convenio de alimentos, sólo puede ser avalada por recibo o cualquier otro instrumento similar -documental- (art. 504 inc. 3| del CPCC).
CPCB Art. 504 Inc. 3
CC0003 LZ 195 RSI-26-9 I 25-2-2009
CARATULA: M., M. C. y otra s/ Divorcio vincular
MAG. VOTANTES: Villanueva-Altieri
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