jueves, 16 de febrero de 2012

Subasta judicial - Nulidad

El martillero carece de facultades para disponer por sí y acto seguido del fracaso del remate por desaparición del adjudicatario, la celebración de una segunda subasta, dado que la delegación que ejerce se agotó con la realización de la primera así frustrada. Es que es el juez el único autorizado por el ordenamiento para disponer una nueva venta, debiendo limitarse el martillero a rendirle cuentas del fracaso de la que le fuera encomendada (Cód. Proc. arts. 577 y 579) CPCB Art. 577 ; CPCB Art. 579 CC0002 SM 37500 RSD-83-95 S 19-4-1995 , Juez MARES (SD) CARATULA: Palermo, Juan y otro c/ Martin, Susana Nelida s/ Ejecucion hipotecaria MAG. VOTANTES: Occhiuzzi-Mares-Cabanas

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