miércoles, 15 de febrero de 2012

Multa - Procedencia

No resulta procedente la aplicación de multa en los términos del art. 549 del CPCC, si pese a haber negado la firma el demandado concurrió a la primera citación para efectuar la plana de escritura y luego consintió el dictamen pericial caligráfico sin objeciones, por lo que su conducta no puede catalogarse como entorpecedora del trámite normal del proceso. CPCB Art. 549 CC0100 SN 3499 RSI-1053-00 I 24-10-2000 CARATULA: Brotons José Roberto c/ Ramallo Juan Carlos s/ Cobro ejecutivo MAG. VOTANTES: Porthé-Rivero de Knezovich-Telechea TRIB. DE ORIGEN: JC 0305

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