lunes, 13 de febrero de 2012
Juicio ejecutivo - Recurso de apelación
Si bien es apelable la resolución que deniega la ejecución (art.530 CPCC), en cambio, la que ordena librar mandamiento de intimación de pago y embargo en los términos del artículo 529 del Código Procesal, no es apelable para el ejecutado, ya que el eventual agravio consistente en la supuesta falta de requisitos de la admisibilidad de la demanda, encuentra su cauce en la oportunidad de oponer las excepciones.
CPCB Art. 530
CC0201 LP 97822 RSI-170-2 I 25-4-2002
CARATULA: Gisande, N. c/ Lamiplac S.A. s/ Ejec. hipotecaria Inc. art. 250 CPCC
MAG. VOTANTES: Sosa-Marroco
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