miércoles, 15 de febrero de 2012
Juicio ejecutivo - Costas
En el juicio ejecutivo, por imperio del art.556 del Código Proc. rige en plenitud el principio objetivo de la derrota sentado en el art.68 del cód.cit.Si bien las rechazadas excepciones de incompetencia y prescripción fueron las que motivaron la réplica del actor para repelerlas, las excepciones fueron traídas al juicio mediante una acción ejecutiva que también fue rechazada; las coejecutadas se defendieron mal, pero así lo hicieron porque antes habían sido mal demandadas.Habida cuenta del rechazo de la ejecución seguida contra dos de los tres demandados, respecto de ellos y aunque hayan opuesto defensas improcedentes, no cabe duda que de cualquier modo el ejecutante es el vencido.
CPCB Art. 556 ; CPCB Art. 68
CC0000 ZC 5226 RSD-36-10 S 27-4-2010 , Juez HENRICOT (SD)
CARATULA: Gardeñes, Denis Alberto c/ Trovatelli, María Delis y otros s/ Ejecutivo
MAG. VOTANTES: HENRICOT-BALMACEDA-BENTANCUR
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