miércoles, 8 de febrero de 2012
Ejecución de sentencia - Costas
La pretensión de aseguramiento con miras a perseguir el cobro compulsivo de emolumentos, afectando directamente bienes de quienes aparecen como fiadores, deviene totalmente inviable desde que respecto de ellos, la actora carece de título ejecutorio que la habilite (arts. 498 inc. 3, 500, 501, 502, 503, del Código Procesal; 58 dec. ley 8904/77), pues los garantes no sólo resultan ajenos a la condena en costas dispuesta en la causa predecesora, sino que tampoco fueron "demandados" en este incidente de ejecución.
CPCB Art. 498 Inc. 3 ; CPCB Art. 500 ; CPCB Art. 501 ; CPCB Art. 502 ; CPCB Art. 503 ; DLEB 8904-1977 Art. 58
CC0201 LP, B 81833 RSI-11-96 I 8-2-1996
CARATULA: Vio Quiroga, Stella Maris c/ Cortizo, Miguel Angel s/ Ejecución de honorarios
MAG. VOTANTES: Sosa-Crespi
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario