lunes, 18 de junio de 2012
Juicio ejecutivo - Ampliación anterior sentencia
Si bien es cierto que las características de abstracción, literalidad y completividad de los títulos cambiarios hacen que en la ejecución de pagarés no resulte como regla la aplicación del procedimiento previsto por el artículo 538 del Código Procesal, no lo es menos, que si de los propios documentos se advierte que todos tienen la misma fecha de creación, vencimientos escalonados, número de orden correlativo e identidad de sujeto pasivo -tal como acontece en la especie-, resulta razonable, en aras de una mayor celeridad procesal y economía de gastos, tener por configurado el supuesto previsto en la norma citada.
CPCB Art. 538
CC0003 LZ 2423 RSI-220-11 I 6-10-2011
CARATULA: Kuchek, Pedro c/ Rossi, Juan Carlos y otro s/ Cobro ejecutivo
MAG. VOTANTES: Villanueva-Altieri
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