miércoles, 6 de junio de 2012

Ejecución de sentencia - Límites y modalidades // Resolución contractual - Efectos

Una de las consecuencias de la resolución del contrato decretada por el a-quo, es volver las cosas al estado en que se encontraban antes de la celebración del contrato, como si éste no se hubiere celebrado, correspondiendo que la accionada restituya la cosa recibida, ya que no existe impedimento alguno para que en la etapa de ejecución de sentencia el vendedor solicite el lanzamiento como medio de concretar la condena impuesta en autos (doct. arts. 497 y 509 de la ley de enjuiciamiento civil). CPCB Art. 497 ; CPCB Art. 509 CC0001 QL 8500 RSI-81-7 I 2-5-2007 , Juez SENARIS (SD) CARATULA: Marconi, Carlos Osvaldo c/ Juárez, Rosa Alejandra s/ Cumplimiento de contrato MAG. VOTANTES: Busteros-Celesia-Señaris

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