miércoles, 6 de junio de 2012
Ejecución de sentencia - Excepción de pago
Habiéndose sustentado la excepción de pago en un depósito judicial, en circunstancias en que ya se había ordenado y librado mandamiento de intimación de pago y citación de venta (art. 503, CPCC), el que se diligenció el mismo día en que se efectuó el referido depósito, no cabe sino concluir que dicha excepción resultó extemporánea.
CPCB Art. 503
CC0203 LP, B 73986 RSD-173-92 S 6-8-1992 , Juez PERA OCAMPO (SD)
CARATULA: Almagro, Guillermo E. c/ Martiñelarena, Gustavo A. y otro s/ Ejecución de honorarios
MAG. VOTANTES: Pera Ocampo - Pereyra Muñoz
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