miércoles, 6 de junio de 2012

Ejecución de sentencia - Excepción de pago

Habiéndose sustentado la excepción de pago en un depósito judicial, en circunstancias en que ya se había ordenado y librado mandamiento de intimación de pago y citación de venta (art. 503, CPCC), el que se diligenció el mismo día en que se efectuó el referido depósito, no cabe sino concluir que dicha excepción resultó extemporánea. CPCB Art. 503 CC0203 LP, B 73986 RSD-173-92 S 6-8-1992 , Juez PERA OCAMPO (SD) CARATULA: Almagro, Guillermo E. c/ Martiñelarena, Gustavo A. y otro s/ Ejecución de honorarios MAG. VOTANTES: Pera Ocampo - Pereyra Muñoz

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