miércoles, 11 de julio de 2012

Subasta judicial - Notificación

La comunicación a los jueces embargantes exigida por el art. 569 del Código Procesal Civil y Comercial queda satisfecha con la constancia de la radicación del oficio que la instrumenta en el juzgado respectivo, sin que la norma imponga la necesidad de adjuntar constancia de la forma en que tales acreedores accedieron al conocimiento de la subasta.- CPCB Art. 569 CC0100 SN 981434 RSI-412-98 I 27-8-1998 CARATULA: Sívori Luis Alfredo y otros Sociedad de hecho c/ Agro-Cereales S.A. s/ Cobro Ejecutivo MAG. VOTANTES: RIVERO de KNEZOVICH-MAGGI TRIB. DE ORIGEN: JC 0204 CC0100 SN 981548 RSI-472-98 I 22-9-1998 CARATULA: Aguilar Alberto Anacleto s/ Sucesión Ab-Intestato MAG. VOTANTES: RIVERO de KNEZOVICH-MAGGI TRIB. DE ORIGEN: JC 0101

No hay comentarios:

Publicar un comentario